SATSE Baleares gana en el Tribunal Supremo la carrera profesional para el personal en comisión de servicios
SATSE considera que la situación que se daba era profundamente injusta y que el personal en comisión de servicios debe tener los mismos derechos que el personal fijo en la comunidad de destino.
Satse Baleares ha ganado una sentencia pionera en el Tribunal Supremo para el personal en comisión de servicios.
La demanda fue interpuesta por una enfermera afiliada con plaza fija en el SERGAS que estaba en comisión de servicios en el IbSalut y que gozaba del nivel III de carrera. La demandante solicitó el nivel IV en Baleares y el IbSalut así se lo reconoció, pero consideró que no era el órgano competente para abonar el complemento y que debía ser el Servicio Gallego de Salud quien lo hiciese.
Tras las alegaciones presentadas por el abogado de SATSE, el Tribunal Supremo ahora ha fallado en favor de SATSE y ha declarado que el personal estatutario fijo que, destinado en comisión de servicios a un Servicio de Salud distinto al suyo de origen, si en ese servicio se le permite participar en los procesos de reconocimiento de carrera profesional y se le reconoce un nivel, deberá también abonar el complemento de carrera profesional.
SATSE considera que la situación que se daba era profundamente injusta y que el personal en comisión de servicios debe tener los mismos derechos que el personal fijo en la comunidad de destino.
Esta sentencia crea un gran precedente para que a partir de ahora a todo el personal en comisión de servicios se le deba abonar el complemento de carrera profesional.
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